El interés superior del niño, necesidad de un concepto para la fiscalía
DOI:
https://doi.org/10.37711/RJPDD.2025.2.1.4Palabras clave:
protección, jurisprudencia, derechos humanos, bienestar integral, estado garanteResumen
El principio del interés superior del niño es un pilar fundamental en la protección de los derechos infantiles y debe ser considerado una guía esencial para la toma de decisiones en los procesos judiciales en los cuales se involucran menores de edad. Su correcta implementación requiere un compromiso, tanto de los sistemas judiciales como de las políticas públicas y la sociedad en general. Las decisiones inconsistentes en el contexto de la puesta en práctica de este principio demuestran la necesidad de una adecuada interpretación y argumentación de su contenido. Más aún, desde su promulgación en la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por varios países, no ha sido posible determinar un marco conceptual que permita contribuir a orientar las decisiones judiciales en favor del niño, donde juega un papel fundamental la Fiscalía General de la República de Cuba, investida por mandato constitucional como defensora del principio de la legalidad vigente.
Descargas
Referencias
Alexy, R. (1988). Sistema jurídico, principios jurídicos y razón práctica. Doxa: Cuadernos de Filosofía del Derecho, 5, 139-151. https://doxa.ua.es/article/view/1988-n5-sistema-juridico-principios-juridicos-y-razon-practica.
Asamblea General de las Naciones Unidas. (1959). Declaración de los Derechos del Niño (Resolución N.º 1.386 [XIV]). https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Cillero Bruñol, M. (1999). Infancia, autonomía y derechos: Una cuestión de principios. En Derecho a tener derecho (pp. 1-13). UNICEF, Instituto Interamericano del Niño, Instituto Ayrton Senna.
Comité de los Derechos del Niño. (2013). Observación general Nº 14 sobre el derecho del niño a que su interés su-perior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1). Naciones Unidas. https://www.acnur.org/sites/default/files/legacy-pdf/528a0a169.pdf
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. (2009). Presidencia del Estado. https://www.presidencia.gob.bo
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador. Artículo No 44). https://www.asambleanacional.gob.ec
Constitución de la República de Cuba. (2019). Asamblea Nacional del Poder Popular. Gaceta Oficial No. 5 Extraor-dinaria. https://www.gacetaoficial.gob.cu
Decreto Supremo N.° 2377. Reglamento a la Ley N°548, Código Niña, Niño y Adolescente. (2015). Presidencia de la Nación de Bolivia. https://justiciajuvenil.org.bo/publicaciones/decreto-supremo-n-2377-reglamento-cnna/
Decreto N.º 830: Promulga la Convención sobre los Derechos del Niño. (1990). Asamblea General de la Orga-nización de las Naciones Unidas, Ministerio de Relaciones Exteriores. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=15824&idParte=
García Figueroa, A. (2016). ¿Para qué sirve la teoría de la argumentación jurídica? Teoría y Derecho: Revista de Pensamiento Jurídico, (20), 23-40. https://teoriayderecho.tirant.com/index.php/teoria-y-derecho/arti-cle/view/454
González Monzón, A. (2023). Los principios jurídicos: un estudio crítico y propositivo. Ediciones Olejnik.
Ley N.º 100. Código de la Niñez y Adolescencia. (2003, 3 de julio/2017, 31 de mayo). Congreso Nacional del Ecuador. Registro Oficial N.º 73. https://www.defensoria.gob.ec
Ley N.° 156: Código de las Familias (2022). Asamblea Nacional del Poder Popular. Gaceta Oficial N.º 87 Ordinaria. https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-87-ordinaria-de-2022
Ley N.° 160/2022: De la Fiscalía General de la República. (2022).Asamblea Nacional del Poder Popular. Gaceta Oficial No. 5 Ordinaria. https://www.granma.cu/cuba/2023-12-23/regula-la-organizacion-funciones-y-estructura-de-ese-organo-23-12-2023-00-12-08
Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. https://www.ohchr.org/es/instruments-mecha-nisms/instruments/convention-rights-child
Pérez Hernández, L. (2011). Algunas consideraciones a debate sobre la ciencia jurídica y sus métodos de investiga-ción. Revista Cubana de Derecho, 38(IV Época), 23–49. Unión Nacional de Juristas de Cuba. https://cuba.vlex.com/vid/consideraciones-debate-juridica-metodos-345011718
Prieto Valdés, M. (2020). La Constitución cubana de 2019: Nuevos contenidos y necesidades. Universidad de La Haba-na, (289), 3-23. https://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0253-92762020000100003
Ravetllat, I., y Pinochet, R. (2015). El interés superior del niño en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y su configuración en el Derecho Chileno. Revista Chilena de Derecho, 42(2), 903-934. https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S071834372015000300007
Resolución N.º 3/2022: Procedimiento para el trabajo del fiscal en los procesos de protección de la familia y asuntos jurisdiccionales. (2022). Fiscalía General de la República de Cuba. https://www.fgr.gob.cu
Rodríguez Garavito, C. (1997). La decisión judicial. El debate Hart-Dworkin. Siglo editorial.
Torrecuadrada García-Lozano, S. (2016). El interés superior del niño. Anuario mexicano de derecho interna-cional, 16, 131-157. https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-internacional/article/view/523/12413
Villabella Armengol, C. M., y Pérez Gallardo, L. B. (2021). Claves para la interpretación de la Constitución cubana de 2019. Ediciones Jurídicas Olejnik.

Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2025 Roger David Calero Busiche

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.